NORMATIVIDAD DEL PAÍS DESTINO
NORMATIVIDAD
DEL PAÍS DESTINO
Con la promulgación de las normas orgánicas nacionales de los Estados
Unidos, los importadores de productos frescos orgánicos pueden etiquetar su
producto como USDA ORGANIC al comercializarlo en el mercado de los Estados
Unidos.
Los alimentos importados están regulados por organismos federales, como los
siguientes:
·
La Administración de Productos Alimenticios y Farmacéuticos, que forma
parte del Departamento de Salud y Servicios Sociales y del Servicio de Salud
Pública. www.fda.gov
·
Centros de Control y Prevención de Enfermedades. www.cdc.gov
·
El Departamento de Agricultura de los Estados Unidos. www.usda.gov
·
Agencia para la Protección del Medio Ambiente. www.epa.gov
·
Servicio de Aduanas, Departamento de Tesorería. www.customs.ustreas.gov
·
Comisión Federal de Comercio. www.ftc.gov
Reglamentos de los Estados Unidos que se aplican a las frutas y verduras
orgánicas y convencionales
Certificación orgánica
A partir de octubre de 2002, las frutas y verduras etiquetadas o expedidas
como orgánicas necesitarán la certificación de un organismo aprobado en base a
las Normas Orgánicas Nacionales de los Estados Unidos. Hasta el momento, no
existen reglamentos ni supervisión del Gobierno de los Estados Unidos sobre
frutas y verduras declaradas como orgánicas, lo que significa que las importaciones
de productos orgánicos las hace normalmente un importador de los Estados Unidos
en cooperación con un organismo de certificación de ese país.
Un exportador que quiera exportar a estados de Estados Unidos tienen que
tener en cuenta algunos factores fundamentales en la aplicación de las normas
nacionales.
Todas las certificadoras que solicitan la certificación del USDA dentro de
los primeros seis meses (agosto de 2001) tendrán examinada su solicitud y, en
caso de ajustarse a los requisitos, aprobada para abril de 2002. En el sitio
web del Programa Nacional Orgánico de los Estados Unidos puede encontrarse el
formulario para presentar la solicitud: http://www.ams.usda.gov/nop/.
A partir de octubre de 2002 se permitirá utilizar el sello orgánico del
USDA en los productos orgánicos comercializados en los Estados Unidos. Además
de las normas orgánicas, todo producto fresco expedido a los Estados Unidos
debe ajustarse también a las reglamentaciones actuales del USDA sobre los
productos frescos convencionales. Estos reglamentos y directrices están
constantemente cambiando.
Durante los preparativos para la exportación de productos a los Estados
Unidos, se puede tomar contacto con la oficina del USDA en la Embajada de los
Estados Unidos en el país productor para determinar los reglamentos que rigen
actualmente la expedición de productos frescos a los Estados Unidos.
Cumplimiento del Programa Nacional Orgánico de los Estados Unidos
Para la certificación de productos orgánicos que se exportarán a los
Estados Unidos, el exportador tiene tres opciones posibles.
·
Los agentes certificadores que operan en países extranjeros pueden
solicitar la acreditación del USDA. Los solicitantes extranjeros serán
evaluados en base a los mismos criterios que se aplican para las certificadoras
nacionales.
En lugar de la acreditación del USDA, el agente acreditador extranjero
puede:
·
Recibir el reconocimiento cuando el USDA ha determinado, a solicitud de un
gobierno extranjero, que la autoridad gubernamental del agente certificador
extranjero puede evaluar y acreditar que los agentes certificadores cumplen con
los requisitos del programa nacional; o
·
Recibir reconocimiento de que cumplen con requisitos equivalentes a los del
programa nacional en el marco de un acuerdo de equivalencia negociado entre los
Estados Unidos y el gobierno extranjero.
En la práctica, cuando se quiere exportar productos orgánicos a los Estados
Unidos se debe identificar un grupo certificador que tiene o recibirá la
aprobación de los Estados Unidos. Las organizaciones que tienen su sede en los
Estados Unidos y oficinas en el extranjero podrán certificar todas las
localidades cuando el USDA las apruebe para la certificación orgánica
Requisitos para las importaciones de todos los productos frescos (incluidos
los orgánicos)
Certificación fitosanitaria
Los requisitos para la importación dependen tanto del producto como del
país de origen. Todas las expediciones de frutas y verduras dirigidas a los
Estados Unidos deben ir acompañadas de un certificado fitosanitario emitido por
un funcionario del país exportador, que pueda determinar si la fruta o verdura
en cuestión puede ser exportada a los Estados Unidos y qué requisitos
fitosanitarios deben cumplirse para ello. El control de este proceso lo realiza
el servicio de inspección sanitaria del USDA (APHIS).
Plaguicidas y otros contaminantes
La Agencia de Protección Ambiental establece normas de tolerancias de
plaguicidas, herbicidas y fungicidas utilizados en la fumigación de los
productos agrícolas. Los reglamentos sobre los niveles de tolerancia se aplican
a todos los productos tratados químicamente y destinados al consumo humano y
forrajero en los Estados Unidos.
Los productores de productos frescos deben utilizar solamente productos
químicos registrados para un determinado producto o grupo de productos
indicados expresamente y siguiendo las instrucciones que figuran en el envase.
La FDA de los Estados Unidos verificará si los productos que entran en el país
cumplen con los reglamentos sobre residuos de plaguicidas, fungicidas y
herbicidas.
Normas sobre categoría y calidad
Algunos productos agrícolas exportados a los Estados Unidos deben
satisfacer los requisitos de importación relativos al tamaño, la categoría, la
calidad y la maduración. Los servicios de comercialización agrícola del USDA
emitirán, previa una inspección, un certificado que indica el cumplimiento de
las normas. Los productos importados (incluidos los productos frescos
orgánicos) deben atenerse a las mismas normas aplicadas a los productos de los
Estados Unidos.
Despacho
en aduana
La Aduana examina toda la documentación y no entregará productos en el
puerto de entrada si no se cumplen todos los requisitos del Gobierno de los
Estados Unidos. Se ocupa también de la recaudación de los derechos de
importación debidos al Gobierno de los Estados Unidos.
Procedimiento a seguir en las importaciones
Para que los productos ingresen legalmente a los Estados Unidos, primero
deben llegar al puerto de entrada (lo que excluye la autorización de las
importaciones antes del envío). Para agilizar los trámites de Aduana se puede
presentar la documentación necesaria antes de que llegue la mercadería.
Todos los importadores tienen el derecho de ocuparse del papeleo y
completar la documentación necesaria para la importación. Además, hay
intermediarios comerciales que tienen la licencia del Servicio de Aduanas de
los Estados Unidos (agentes de aduana) que normalmente actúan como agentes de
los importadores para la preparación y clasificación de la documentación
necesaria para pasar los productos por la aduana.
Los trámites para la entrada de los productos en los Estados Unidos se
realizan en el primer puerto de llegada, a menos que se hayan realizado
acuerdos anteriores de expedición bajo fianza a otro puerto o a un depósito
bajo control aduanero
La aduana no notifica al importador la llegada de los envíos. Normalmente
es la empresa de transportes la que lo hace. El importador se las arregla para
asegurarse la notificación de la llegada y la oportuna clasificación de la
documentación relativa a la importación. El importador (o el agente) tiene 30
días para presentar la documentación pertinente. Después de 30 días, los
productos se mandan a un depósito general en calidad de productos no
reclamados. A partir de allí el importador se hace cargo de los gastos de
almacenamiento, y si después de un año los bienes no se reclaman se venden.
Documentación para la entrada de la mercadería
Los documentos requeridos por la Aduana de los Estados Unidos para entregar
las importaciones son los siguientes:
·
Formulario 3461 de declaración en aduana
·
Prueba del derecho de ingreso, por ejemplo, conocimiento de embarque. (La
mercadería sólo puede ser ingresada por el dueño, comprador o un agente de
aduana con licencia)
·
Una factura comercial o, de lo contrario, factura proforma
·
Lista del embalaje, si procede
·
Otros documentos necesarios para determinar la admisibilidad de la
mercadería
·
Certificado fitosanitario
·
Una fianza que normalmente se deja en la aduana para cubrir posibles
derechos, impuestos, y sanciones posteriores a la entrega del cargamento
Diez pasos para acelerar el despacho de aduanas
El Servicio de Aduanas de los Estados Unidos ha indicado los siguientes
pasos para ayudar a los exportadores e importadores a facilitar la entrega de
mercaderías importadas legítimamente a los Estados Unidos:
1. Asegurarse de que las facturas contengan la información que normalmente
aparece en una nota de embarque bien preparada.
2. Marcar y enumerar cada paquete que puedan identificarse con las marcas y
números correspondientes que figuran en la factura.
3. Mostrar en la factura una descripción detallada de cada partida de
productos contenidos en cada uno de los paquetes.
4. Marcar los productos en forma visible y legible con el nombre del país
de origen, a menos que se esté expresamente exento de dicho requisito, y con
todas las otras marcas requeridas por las leyes de los Estados Unidos. Las
exenciones y los requisitos generales sobre las marcas están indicados en
detalle en los capítulos 24 y 25 de “Importing into the United States” (Las
importaciones en los Estados Unidos).
5. Cumplir con las disposiciones de cualquier ley especial de los Estados
Unidos que pueda aplicarse a los productos que se están importando, como las
leyes relativas a alimentos, medicamentos, cosméticos, bebidas alcohólicas, y
materiales radioactivos.
6. Observar rigurosamente las instrucciones sobre facturación, embalaje,
marcado, etiquetado, etc. enviadas por el cliente de los Estados Unidos, quien
ya habrá preparado un elenco de los requisitos que se tendrán que cumplir a la
llegada.
7. Colaborar con la aduana de los Estados Unidos en la preparación de
normas de embalaje para los productos que se quieren exportar.
8. Establecer procedimientos de seguridad en el depósito propio y al
transportar los productos para la expedición. No dar a los narcotraficantes la
oportunidad de introducir narcóticos en la expedición.
9. Examinar la posibilidad de exportar con una empresa de transportes que
participa en el sistema manifiesto automatizado.
10. Si se recurre a un agente de aduanas que goza de licencias para que se
haga cargo de la transacción, examinar la posibilidad de utilizar la “Automated
Broker Interface” (ABI).
Derechos de importación de los productos naturales en los Estados
Unidos
Los derechos de importación de los Estados Unidos varían según el producto
y el país de origen. Se aplican los mismos derechos para los productos tanto
orgánicos como convencionales. Para determinar el derecho de importación que
debe aplicarse, se ha de identificar el código del Sistema Armonizado. Con este
código, acceder al sitio web de la Tesorería de los Estados Unidos en: http://dataweb.usitc.gov.
En este sitio ingresar el código SA del producto en cuestión y determinar
el derecho de importación de los Estados Unidos. Además de ofrecer
informaciones sobre los derechos de importación por región, se facilitan otras
informaciones por producto incluyendo las tendencias de los últimos dos años y
los cambios ocurridos en lo que va del corriente año:
·
Análisis de las importaciones por producto por país de origen
·
Análisis de las importaciones por producto por programa arancelario
·
Análisis de las importaciones por distrito de entrada (puerto de entrada)
de la aduana de los Estados Unidos.
RECAUDO DE
DINERO
El dinero que se obtenga de las ventas se
recaudara en una entidad financiera, por medio de consignaciones pertinentes de
acuerdo a las ventas realizadas, de esta manera, se garantiza la seguridad de
movimientos de dinero que se realice; además este mecanismo permite tener
respaldo financiero si fuese necesario.
También se facilita el acceso fácil del
dinero en caso de negocios, ya que simplemente se realizan transacciones.
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